Entre la Fundación Aulas Abiertas, con domicilio en San Martin Nº 2341 de la ciudad de Corrientes, representada por su presidente Cr. Unterholzner Hernán y el aspirante a alumno…, se suscribe el presente convenio a fin de permitir la sustentabilidad del dictado de las carreras que se desarrollan en las extensiones áulicas, sujeto a las siguientes clausulas:
PRIMERA: el aspirante alumno declara conocer el funcionamiento de la Extensión Áulica de la Facultad de Derecho U.N.N.E. y acepta por lo tanto realizar contribuciones económicas mensuales necesarias para el sostenimiento de la actividad académica que brinda dicha extensión.
SEGUNDA: la fundación se obliga a satisfacer los requerimientos económicos que demande el dictado de la carrera en la extensión áulica durante el tiempo que durante el presente convenio y a informar al aspirante alumno de su situación administrativa a fin que este mantenga la regularidad de las contribuciones.
TERCERA: la falta de la regularidad de las contribuciones a las que se obliga el aspirante alumno, le impedirán continuar con el desarrollo de su actividad académica en dicha extensión áulica, pudiendo solicitar su pase a Sede Central.
CUARTA: en caso de suscitarse controversias con relación a este convenio, las partes extremarán esfuerzos para resolver de común acuerdo las mismas.
En prueba de conformidad con las cláusulas precedentes, se formalizará el presente convenio, con la manifestación del consentimiento del alumno.